domingo, 26 de abril de 2020

Repaso a la paternidad

A partir de primero de abril del año pasado, las prestaciones de maternidad, y la de paternidad han quedado unificadas en una única prestación, que de denomina Nacimiento y Cuidado de Menor.

Se consideran situaciones protegidas, durante los períodos de descanso y permisos que se disfruten por tales situaciones: 
  • El nacimiento de hijo.
  • La adopción, la guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar siempre que, en este último caso, su duración no sea inferior a un año, y se trate de menores de 6 años.  


La cuantía de la prestación consiste en un 100% de la base reguladora de la persona que se acoge al descanso/permiso.

La gestión del la prestación y el pago corresponde al INSS o ISM.

Adjunto un cuadro resumen de la duración de la prestación, que como veis, recoge muchas situaciones concretas. sólo decir que la duración habitual son 16 semanas. En el caso de la antigua paternidad, durante este año 2020 será de 12 semanas y en el año 2021 será de 16, como en la antigua maternidad, con el objeto de equiparar.

    Página Web Sseguridad Social

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