martes, 15 de noviembre de 2016

INDICADORES TRABAJO DESEMPLEO Y AFILIACION

Os paso nuevos datos extraídos de la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Vemos que en principio son positivos, datos cerrados a Octubre de este año 2016. 
Además de los datos relativos al empleo se adjunta el dato del PIB

Principales indicadores

lunes, 14 de noviembre de 2016

Fondo de reserva

Cuando hablamos de Seguridad Social nos encontramos con que la mayoría de las personas lo relacionan con la jubilación.  Cierto es que es una prestación capital,  ya que se pasa a cobrar cuando una persona decide no continuar en el mercado de trabajo, y suele coincidir con una edad difícil para proseguir trabajando, por edad, por salud....

Las políticas van y vienen y los recursos también.

En alguna ocasión he hablado en este blog del Fondo de Reserva, que precisamente es eso, una reserva, que se denomina popularmente la "hucha" de las pensiones.

En la actualidad debemos conocer cuanto dinero queda en esa "hucha", ya que desde que la crisis comenzó se ha tenido que utilizar para poder continuar con el pago.

Ahora parece que saliendo de la crisis, el nuevo gobierno va a tratar de volver a "ahorrar", para dotar al fondo algunos euros.

Desconocemos la fórmula y el modo... pero si que conocemos el dinero que a fecha de hoy tenemos guardado.


Este es el gráfico que os muestro, y salvo error u omisión a fecha de hoy tenemos 24.207 millones de euros. Como veis el punto álgido fué el año 2011 que ascendía a 68.815 millones de euros, llevamos cinco años sacando dinerito de la hucha, pero de verdad, que confío en que vamos a volver a guardar algo para este cometido.  
El Fondo de Reserva se creó para este fin, y ha cumplido con creces su función; ahora es momento, de intentar "engordarlo" para cuando vuelva hacer falta, que espero sea muy muy tarde.
Buena suerte!!

jueves, 10 de noviembre de 2016

Entender la "VIDA LABORAL"

10 claves para entender su vida laboral

10 claves para entender su informe de vida laboral(Infografía: M.S.)
Cuando usted recibe el informe de su vida laboral algunos conceptos le pueden plantear dudas. Siga el esquema y le aclaramos las más habituales.
1.- El informe de vida laboral es oficial.
Usted recibe un informe emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, entidad de la Seguridad Social dentro del ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Fíjese en los logotipos y en la fuente emisora para concederle valor. 
2.- Le informa de los datos disponibles en la Seguridad Social.
En la gran mayoría de los casos, lo que usted recibe se corresponde al 100% con la realidad. Pero existen situaciones que pueden no estar registradas, o ser erróneas. En la mayoría de los casos se producen con trabajos realizados hace muchos años cuando no existían bases informáticas. Si detecta un error debe presentar una reclamación de datos de su vida laboral y, en la medida de lo posible, aportar la información de que disponga.
3.- La Seguridad Social se estructura en regímenes.
El trabajo por cuenta ajena se incluye en el régimen general. Si ha trabajado por cuenta ajena, o en el régimen del mar o de la minería del carbón, etc. figurará la rúbrica correspondiente.
4.- La empresa y las situaciones asimiladas.
Explica el concepto por el que ha cotizado a la Seguridad Social. En primer lugar, puede ser una empresa, identificada con un número que es el Código de Cuenta de Cotización. Si es usted mismo, como autónomo, figurará la clave de la provincia en la que se dio de alta. Además aparecen otras situaciones llamadas asimiladas al alta en las que usted ha cotizado. Es el caso de la prestación por desempleo (donde usted cotiza por una parte), las vacaciones retribuidas y no disfrutadas, el convenio especial, etc.
5.- El día en que empezó la situación y el día que tiene efectos.
La fecha de alta es la fecha en que usted empieza a cotizar por una situación; cuando le dan de alta en una empresa, por ejemplo. Suele coincidir con la fecha de efectos, aunque a veces puede variar. Las altas en la Seguridad Social deben ser previas o simultáneas al momento en que se producen. Si se presentan con posterioridad surten efectos (en orden a causar derechos en la Seguridad Social) en el momento de la presentación. Sólo en casos muy concretos es posible rectificar la fecha de efectos.
6.- Fecha de baja=final de la situación laboral.
La baja es la baja laboral o en una situación asimilada claro; no una baja por enfermedad. Determina cuando finaliza una situación y se deja de cotizar por ella. Hay hasta tres días de plazo para presentar una baja que ya se ha producido. Si la baja no se ha producido, el recuadro mostrara unas rayas discontinuas, que indican que la situación no se ha cerrado 
7.- El tipo de contrato de trabajo
C.T. es la clave que identifica la modalidad del contrato de trabajo. Identifica un contrato indefinido a tiempo completo por ejemplo (clave 100), o un contrato a tiempo parcial (clave 200).
8.- Por si ha trabajado a tiempo parcial…
C.T.P.% identifica el coeficiente de parcialidad sobre la jornada habitual en una empresa o reflejado en un convenio. Si la jornada normal es de ocho horas y usted ha estado trabajando cuatro horas diarias, reflejará un coeficiente del 50%. Esto es importante a la hora de computar los días totales trabajados puesto que aquí el trabajador cotiza un día por cada dos trabajados (o en la proporción que corresponda respecto a la parcialidad).
9.- Sus grupos de cotización.
Existen tramos o categorías profesionales asociadas a los trabajos. La columna G.C. los identifica, y van del 01 al 11. 
10.- ¿Son realmente esos días?
La suma de todas las situaciones determina el total de días cotizados a la Seguridad Social desde el inicio de su vida laboral hasta la fecha en que se emite el informe. Puede que no le casen los números. Normalmente se debe –además del trabajo a tiempo parcial ya mencionado- a que usted ha atravesado una situación de pluriempleo o de pluriactividad. Pluriempleo es cuando usted trabaja en más de una empresa simultáneamente. Sólo le computarán un día entero trabajado, aunque en el mismo día trabaje en más de un sitio. Es decir, no puede cotizar dos días por cada día trabajado aunque sea en sitios diferentes. Lo mismo sucede en el caso de la pluriactividad, que se refiere al alta simultánea en dos o más regímenes de la Seguridad Social (por cuenta ajena en el general y por cuenta propia en el de autónomos, por ejemplo).

¿Cómo doy de alta al empleado de hogar?

Guía práctica alta empleada hogar(Thinkstock)Para ampliar esta información, así como conocer los tipos de cotización correspondientes a empleador y trabajador o los incentivos a la contratación, visite la página web de la Seguridad Social. 
Los trámites pueden parecer complejos, pero se resuelven en una única visita a la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) más cercana. 
Le contamos paso a paso los datos que debe aportar y cómo descargar los documentos necesarios para realizar este trámite de la forma más rápida y cómoda.
ACTIVA//2016
Dar de alta a un empleado de hogar es un trámite sencillo que se puede resolver en una única visita a la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana a nuestro domicilio con toda la documentación preparada. 
En esta guía se detallan los documentos requeridos y dónde conseguirlos.
Lo primero: la solicitud de alta deberá presentarse con antelación al comienzo de la actividad laboral. Dicha solicitud se realiza en una oficina de la TGSS donde tendremos que aportar:
- El DNI, NIE o pasaporte del empleador y del trabajador
- El contrato de trabajo (más adelante hay modelos disponibles)
- Los impresos de alta en la Seguridad Social
Prepare la documentación: descargue su propio formulario 
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ofrece en su página web modelos de contratos que nos pueden servir y que cubren todas las modalidades disponibles: a tiempo completo, parcial, indefinido, etc.
Por otro lado, en la web de la Seguridad Social está disponible el impreso de alta. Es el modelo 138 de solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador (puede descargarlo aquí). 
Hay que tener en cuenta que si es la primera vez que contratamos a un empleado de hogar deberemos presentar también el Modelo TA6 de Solicitud de código de cotización (disponible aquí). Se trata de un código que nos identifica como empresarios y que deberemos solicitar solamente en caso de no haberlo obtenido con anterioridad.
Lo que debe aportar: horas de trabajo, número de cuenta…
Algunos de los datos que deberemos preparar para rellenar tanto el contrato como los formularios ya mencionados son, además de los datos personales de empleador y empleado, el número de horas de trabajo por semana, así como el salario que se paga y una cuenta bancaria en la que se cargarán las cotizaciones.
El titular de dicha cuenta será el empleador, no obstante, en el caso de empleados que trabajen menos de 60 horas mensuales por hogar, pueden ser los empleados quienes asuman la tarea de ingresar las cuotas y, por tanto, deben ser los titulares de la cuenta bancaria.
El personal de la Seguridad Social le ayudará a calcular la cotización
El cálculo de la cotización lo efectuará el personal de la TGSS en base a los tramos establecidos, retribuciones mensuales y bases de cotización. Para ampliar esta información, así como conocer los tipos de cotización correspondientes a empleador y trabajador o los incentivos a la contratación, visite la página web de la Seguridad Social.

miércoles, 9 de noviembre de 2016

Un repaso al empleo

Bueno, por fin tenemos gobierno que gobierne! Después de tantos días, así un año, y dos elecciones, camino de las terceras, nuestros políticos han llegado sino a ponerse de acuerdo, al menos a permitir que exista uno.
Veremos que se acuerda y como!!!
He querido comenzar, por repasar los datos, extraídos del Instituto Nacional de Estadística, relativos al empleo/tasa de ocupación/desempleo/ correspondientes al tercer trimestre de este año.
Ahi van!!


Ocupados                18.527      Variación      2,65
Parados                     4.320      Variación   -10,93
Tasa de actividad      59,28      Variación     -0,22
Tasa de paro              18,91      Variación    -2,27


Como vemos ha aumentado el número de ocupados y los parados han descendido, así como la tasa de paro que se sitúa en un 18,21. el dato del anterior trimestre se situaba en un 21.

Debemos continuar en la senda de la creación de empleo, y a la vez que lo sea de calidad.
Iremos viendo cuales son las medidas que se van adoptando para conseguirlo.
Os cuento!!